Micelio

Artículo 5

El Procedimiento Señalado En Este Decreto También Sebera Seguirse Cuando Se Considere Conveniente Y Necesaria La Prórroga De Los Convenios Cuya Celebración Requiera Autorización Previa De La Presidencia De La República

Decreto 2296 de 1975 · Por el cual se reglamenta el artículo 168 del Decreto-ley 1670 de 1975

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El procedimiento señalado en este Decreto también sebera seguirse cuando se considere conveniente y necesaria la prórroga de los convenios cuya celebración requiera autorización previa de la Presidencia de la República. En ningún caso habrá lugar a prórrogas o adiciones automáticas o tacitas de dichos contratos. Artículo 6° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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