Micelio

Artículo 1

º El Articulo 162 Del Decreto 2666 De 1984, Quedará Así: "artículo 162

Decreto 1903 de 1985 · Por el cual se subroga el artículo 162 del Decreto 2666 de 1984

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El articulo 162 del Decreto 2666 de 1984, quedará así: "Artículo 162. Reconocimiento de mercancías averiadas deterioradas o perdidas parcialmente. La avería de mercancías, su deterioro o pérdida parcial detectados en el acto de reconocimiento, serán avaluados por el aforador quien dejará constancia de tales novedades y de sus posibles causas en informe que rendirá al respecto. Con base en dicho informe y en los análisis que estime oportuno efectuar, el Director General de Aduanas, previa solicitud del interesado, podrá rebajar, en proporción a la avería, deterioro o pérdida parcial, la base gravable para la liquidación de los derechos de importación aplicables, sin que en ningún caso dicha reducción supere el 50% de la base inicial".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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