La mención honorífica será timbrada en papel pergamino blanco de 34 centímetros de largo por 23 centímetros de alto y tendrá las siguientes características: a) Membrete. Estará compuesto por el escudo de la Policía Nacional en colores, de 3.5 centímetros de alto, impreso en la parte superior y central del documento. En la parte superior a medio centímetro de éste, la leyenda "República de Colombia", en letras de 7 milímetros de altura, colocadas en sentido horizontal y repartidas simétricamente; inmediatamente debajo del escudo, en letras de 5 milímetros de altura la leyenda "Ministerio de Defensa Nacional" y bajo estas letras a 5 milímetros de ellas y en letras de la misma dimensión, la leyenda "Policía Nacional". b) Encabezamiento. Estará integrado por el título "Mención Honorífica", que será impreso en letras de 10 milímetros de altura y de tipo diferente a la empleada en el resto del documento. c) Cuerpo. A 15 milímetros de la leyenda anterior y en letras de 5 milímetros de altura la frase "La Dirección General de la Policía Nacional"; debajo de estas a 20 milímetros la leyenda: "Confiere la presente distinción al (aquí el grado y nombre del agraciado) en testimonio de sus virtudes policiales y ejemplar comportamiento demostrado en el período de (aquí el lapso de buena conducta que dio origen al estímulo). El tamaño de la letra de estas últimas leyendas será de 3 milímetros, excepto la del nombre del agraciado que se elaborará en letras de 7 milímetros de altura. d) Final. Comprenderá esta parte, el registro del documento, el lugar y fecha de expedición y las firmas, así
El registro irá colocado al lado izquierdo, inmediatamente debajo del cuerpo de la mención, anotando en letras de 3 y 4 milímetros respectivamente la inscripción: "Registrado al folio…. bajo el número… del L. R.".
El lugar y la fecha de expedición irán colocados al lado derecho a la misma altura del registro, en letras del mismo tipo y dimensiones a las especificadas en el punto anterior..
Las firmas irán distribuidas en forma proporcional en la parte inferior del documento, colocando a la izquierda la del jefe de la rama personal y docencia y a la derecha, la del Director General de la Policía Nacional. CAPITULO II Disposiciones complementarias .