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Artículo 1

Modificar El Parágrafo Transitorio Del Artículo 5° Del Decreto Número 1432 De 2016, El Cual Quedará Así: “ Parágrafo Transitorio

Decreto 2188 de 2016 · por el cual se modifica el parágrafo transitorio del artículo 5° del Decreto número 1432 de 2016.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modificar el

Parágrafo transitorio

del artículo 5° del Decreto número 1432 de 2016, el cual quedará así: “

Parágrafo transitorio

La Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social del Ministerio de Salud y Protección Social continuará ejerciendo las funciones señaladas en el Decreto número 4107 de 2011 hasta el 31 de marzo de 2017”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2188 de 2016