Monto de la indemnización dentro de un plan colectivo de retiro compensado. El valor de esta indemnización no podrá exceder el de la que correspondería de acuerdo con el artículo 4o. de este Decreto, ni ser inferior al setenta y cinco por ciento (75%) del monto de la misma.
Decreto 2100 de 1991 →Vigente
Artículo 13
Decreto 2100 de 1991 · por el cual se reglamenta el Decreto-Ley 1660 de 1991.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.