Micelio

Artículo 110

Pasajes Para Familiares Por Comisión Menor De Noventa (90) Días

Decreto 89 de 1984 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Pasajes para familiares por comisión menor de noventa (90) días. Cuando se trate de Comisiones individuales menores de noventa (90) días, será potestativo del Ministerio de Defensa autorizar pasajes para el cónyuge e hijos legítimos menores de veintiún (21) años que dependan económicamente de ellos, los inválidos absolutos y los estudiantes hasta la edad de veinticuatro (24) años.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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