Micelio

Artículo 1

Ley 61 de 1940 · Por la cual se reforma la Ley 245 de 1938

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La partida de treinta y cinco mil pesos ($ 35.000) que se apropia en el artículo 3°de la Ley 245 de 1938 , se destina y distribuye así: para la ejecución de un monumento en la plaza principal, a la memoria del doctor

Francisco Eustaquio Álvarez, publicación de sus obras, arreglo de la misma plaza, del atrio de la iglesia y de las calles adyacentes, la suma de diez mil pesos ($10.000); para la construcción de una escuela rural en el caserío de Potrerillos, tres mil pesos ($ 3.000); para la construcción de un puente en la quebrada de Las Vueltas , en el carreteable Gigante Potrerillos, y arreglo de dicha vía, dos mil pesos ($ 2.000); para la construcción, en el solar adquirido por el Municipio con ese objeto, de la plaza de mercado de EL Gigante, la suma de veinte mil pesos ($ 20.000).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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