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Artículo 1

Hácense Las Siguientes Traslaciones En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal En Curso: Ministerio De Guerra Contracréditos Capitulo 162 - Armada Nacional - 328

Decreto 2711 de 1958 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Guerra)

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso: MINISTERIO DE GUERRA Contracréditos CAPITULO 162 - Armada Nacional - 328. Del artículo 1648. Para gastos de sostenimiento y conservación de las Bases y dependencias de la Armada, en el año $ 250.000.00 Suman los contracréditos $ 250.000.00 Créditos CAPITULO 162 - Armada Nacional - 001. Al artículo 1630. Para sueldos, sobresueldos, profesorado, jinetas y primas de toda clase, en el año $ 250.000.00 Suman los créditos $ 250.000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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