Micelio

Artículo 225

- Vigilancia Y Control Sin Perjuicio De Las Funciones Que Para Fines De Vigilancia De Las Entidades Financieras Le Han Sido Asignadas, La Superintendencia Bancaria Controlará El Cumplimiento De Las Obligaciones Especiales De Las Entidades Que Integran El Sistema Nacional De Crédito Agropecuario E Impondrá Las Sanciones A Que Hubiere Lugar En Caso De Incumplimiento De Tales Obligaciones

Decreto 663 de 1993 · por medio del cual se actualiza el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y se modifica su titulación y numeración

2 sentencias lo revisaron
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

- VIGILANCIA Y CONTROL Sin perjuicio de las funciones que para fines de vigilancia de las entidades financieras le han sido asignadas, la Superintendencia Bancaria controlará el cumplimiento de las obligaciones especiales de las entidades que integran el Sistema Nacional de Crédito Agropecuario e impondrá las sanciones a que hubiere lugar en caso de incumplimiento de tales obligaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2000
    C-1266/00ConstitucionalidadEXEQUIBLE
  2. 2000
    C-1370/00ConstitucionalidadINHIBITORIO
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
Ver toda la Decreto 663 de 1993