Sobre apropiaciones para gastos pagaderos con fondos provenientes de empréstitos, el Contralor General sólo podrá expedir las certificaciones de reservas para obligaciones contractuales, cuando se encuentre asegurada la colocación de los respectivos empréstitos, y sólo refrendará giros librados a cargo de tales apropiaciones hasta la concurrencia de los fondos disponibles.
Decreto 164 de 1950 →Vigente
Artículo 102
Sobre Apropiaciones Para Gastos Pagaderos Con Fondos Provenientes De Empréstitos, El Contralor General Sólo Podrá Expedir Las Certificaciones De Reservas Para Obligaciones Contractuales, Cuando Se Encuentre Asegurada La Colocación De Los Respectivos Empréstitos, Y Sólo Refrendará Giros Librados A Cargo De Tales Apropiaciones Hasta La Concurrencia De Los Fondos Disponibles
Decreto 164 de 1950 · Por el cual se organiza el manejo del Presupuesto
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.