Micelio

Artículo 2

º

Decreto 643 de 1934 · Por el cual se dictan algunas medidas sobre compra de oro y de cambio exterior

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Desde la misma fecha y por igual término, el veinte por ciento (20 por 100) del oro físico que compre el Banco de la República lo computará, también para atender a las necesidades del Gobierno Nacional, al precio del 113 por 100 para el valor en dólares de las barras o monedas que compre.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 643 de 1934