Micelio

Artículo 8

Decreto 517 de 1888 · Por el cual se declara legalmente instalada la Sociedad que lleva por rótulo "Compañía Industrial de Samacá"

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 8.° En la escritura y los Estatutos de la Compañía industrial de Samacá deberán introducirse las reformas que esto decreto exige, elevándolas á instrumento público por el mismo Notario que autorizó aquella, é incluyendo en él el texto íntegro del presente. Comuniqúese y publíquese con un extracto de la escritura y Estatutos sociales Dado en Peñanegra, á 26 de Junio de 1888. RAFAEL NÜÑEZ. El Ministro de Gobierno, Carlos Holguín.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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