Micelio

Artículo 3

Los Pasajes Para La Familia De Los Oficiales Que Sean Trasladados O Destinados A Las Guarniciones De Las Intendencias Y Comisarias Y Al Grupo De Caballería Rendón , En Fonseca (Magdalena), Podrán Reconocerse Desde La Guarnición En Donde El Oficial Prestaba Sus Servicios Al Ser Trasladado Hasta El Lugar En Donde Su Familia Vaya A Residir, Previa Comprobación De Este Hecho Ante El Departamento De Personal

Decreto 1082 de 1940 · Por el cual se dictan algunas disposiciones relacionadas con la liquidación de pasaportes a los miembros del Ejército y se modifica el artículo 9° del Decreto número 1051 de 1939

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los pasajes para la familia de los Oficiales que sean trasladados o destinados a las guarniciones de las Intendencias y Comisarias y al Grupo de Caballería Rendón , en Fonseca (Magdalena), podrán reconocerse desde la guarnición en donde el Oficial prestaba sus servicios al ser trasladado hasta el lugar en donde su familia vaya a residir, previa comprobación de este hecho ante el Departamento de Personal.

Parágrafo

Queda en estos términos modificado el artículo 9° del Decreto número 1051 de 1939.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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