Oficina de Control Interno. Conforme a las políticas e instrucciones del Director General, son funciones de la Oficina de Control Interno, para ejercerlas directamente o a través de sus divisiones, las siguientes
Diseñar y garantizar la aplicación de un sistema de control interno que permita a la Dirección General, conocer la marcha de la administración, detectar sus fallas, tomar medidas correctivas, y estimular el buen desempeño, para que la gestión administrativa y técnica se haga bajo los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.
Dirigir el sistema de control interno y velar porque se cumplan sus criterios.
Supervisar y controlar la marcha operativa de la institución a través de auditorías integrales y mecanismos de control.
Adelantar los estudios e investigaciones especiales que la Dirección General le solicite.
Promover y estimular el desarrollo gerencial de la institución.
Elaborar los manuales de auditoría interna y los procedimientos para su aplicación.
Recomendar al Director General y a las diferentes dependencias, procedimientos para el mejoramiento de la operación.
Intervenir, con controles inmediatos las dependencias y actividades que amenacen gravemente su operación correcta, informando inmediatamente de tales decisiones al Director General.
Promover el conocimiento y la competencia de funciones en lo concerniente al sistema de control interno por parte de las dependencias de la entidad.
Las demás que le sean asignadas o delegadas por el Director General.