El Comité de Cofinanciación tendrá las siguientes funciones
Aprobar su propio reglamento.
Aprobar el Manual Operativo de la financiación o cofinanciación (MO).
Aprobar el Reglamento Operativo para la administración de los recursos del Patrimonio Autónomo
Definir la financiación o porcentajes de cofinanciación según características de los municipios o distritos
Definir la priorización de los municipios o distritos en cada vigencia.
Evaluar las solicitudes de los municipios o distritos.
Apoyar el monitoreo, seguimiento y evaluación de la administración de los recursos de la financiación o cofinanciación destinados a los procesos catastrales con enfoque multipropósito.
Comités de apoyo. Para soportar las determinaciones adoptadas por el Comité de Cofinanciación, este contará con el apoyo de un comité técnico y uno financiero o aquellos que determine, cuyas funciones estarán incorporadas en el Manual Operativo de la financiación o cofinanciación.