Micelio

Artículo 4

Ley 112 de 1928 · Reformatoria de la 19 de 1921

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno podrá reconocer una comisión hasta del dos por ciento ( 2 por 100) en la venta de bonos colombianos del ocho por ciento ( 8 por 100), para lo cual quedó autorizado por la Ley 12 de este año.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 112 de 1928