ARTICULO 53 . Traslado del pliego de cargos. Del pliego de cargos se dará traslado al funcionario investigado por un término de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de su notificación. Para tal efecto se dejará el expediente a su disposición en la secretaría de la depedencia investigadora, o si el investigado o su apoderado lo solicita se le entregará copia de los antecedentes que lo originaron, haciéndosele la debida advertencia de la reserva legal establecida para estos procesos. De los documentos que por ley tengan reserva legal no se suministrará copia.
Decreto 1646 de 1991 →Vigente
Artículo 53
Decreto 1646 de 1991 · por el cual se establece el Régimen Administrativo Disciplinario de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos Nacionales y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.