Micelio

Artículo 16

º

Decreto 435 de 1971 · Por el cual se reajustan las pensiones y otras prestaciones de los empleados públicos y trabajadores del sector privado y se provee a su financiamiento en el sector público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 16 º. Este Decreto rige a partir del 1º de abril de mil novecientos setenta y uno (1971), y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 435 de 1971