Micelio

Artículo 36

En Caso De Incumplimiento Deberán Imponerse Amonestaciones O Multas Sucesivas Mientras Subsista La Irregularidad

Decreto 3200 de 1979 · por el cual se dictan normas sobre la enseñanza del Derecho

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En caso de incumplimiento deberán imponerse amonestaciones o multas sucesivas mientras subsista la irregularidad. Las multas serán impuestas mediante providencia motivada y su valor será recaudado por el ICFES con destino a los programas de fomento de la investigación científica. Si dentro del año siguiente a la visita en la cual se establezca la irregularidad la institución no ha cumplido los requisitos exigidos, la Junta Directiva del ICFES aplicará la sanción de cancelación del Programa que se comunicará al Ministerio de Justicia y a los Tribunales Superiores del Distrito Judicial, para los efectos legales pertinentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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