Micelio

Artículo 529

Decreto 2550 de 1988 · Por el cual se expide el nuevo Código Penal Militar

1 sentencia lo revisó
01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

TESTIMONIO DEL AGENTE DIPLOMATICO. Cuando se requiera el testimonio de un ministro o agente diplomático de nación extranjera acreditado en Colombia, o de una persona de su comitiva o familia, se le pasará al embajador o agente, por conducto del Ministerio de Relaciones Exteriores, nota suplicatoria con copia de lo conducente para que, si tiene a bien, declare por medio de certificación durada o permita declarar en la misma forma a la persona solicitada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 1997
    C-616/97Constitucionalidad · alcance expresionEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
Ver toda la Decreto 2550 de 1988