Esta Ley no modifica las anteriores sobre la materia en cuanto a provisión de fondos para la construcción del ferrocarril del Carare, pero cuando se haya conseguido el empréstito de los doce millones de pesos ($ 12.000,000) de que trata el artículo 1°, sólo deberán incluirse en los Presupuestos de gastos las partidas necesarias para el puntual servicio de ese empréstito.
Ley 12 de 1927 →Vigente
Artículo 7
Ley 12 de 1927 · Por la cual se ordena contratar un empréstito para la construcción del ferrocarril del Carare y se dictan otras disposiciones para la construcción de esta obra
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.