ARTICULO 58 . Adopción de la Planta de Personal. - El Gobierno establecerá la planta de personal de la Superintendencia Nacional de Salud de acuerdo con la estructura y funciones fijadas en este decreto, dentro del año siguiente a la fecha de su vigencia. Dicha planta entrará a regir para todos los efectos legales y fiscales a partir de la fecha de la publicación del correspondiente decreto.
Decreto 2165 de 1992 →Vigente
Artículo 58
Decreto 2165 de 1992 · por el cual se reestructura la Superintendencia Nacional de Salud.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.