Micelio

Artículo 1

Requisitos Para Ejercer La Profesión

Ley 1193 de 2008 · por la cual se modifica parcialmente la Ley 841 del 7 de octubre de 2003 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo 5º de la Ley 841 de 2003 quedará así:

Artículo 5º. Requisitos para ejercer la profesión. Para ejercer la profesión de Bacteriología se requiere acreditar los siguientes requisitos:

1.

Acreditar cualquiera de las siguientes condiciones académicas:

Título de Bacteriólogo otorgado por una institución de educación superior legalmente reconocida.

Convalidación en el evento de títulos o certificados obtenidos en el extranjero de conformidad con la normatividad vigente. Cuando existan convenios o tratados internacionales sobre reciprocidad de estudios, la convalidación se acogerá a las estipulaciones pactadas en ellos.

2.

Estar certificado mediante la inscripción en el Registro Unico Nacional.

3.

Haber cumplido con el Servicio Social Obligatorio.

4.

Haber obtenido la tarjeta profesional expedida por el Colegio Nacional de Bacteriología CNB - Colombia.

Parágrafo

Los requisitos aquí establecidos estarán sujetos a las reglamentaciones que expida el Gobierno Nacional de conformidad con la Ley 1164 de 2007 .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1193 de 2008