º. La Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público efectuará los ajustes necesarios en el Sistema Integrado de Información Financiera-SIIF Nación y adecuará los procedimientos correspondientes al registro y operatividad de la información presupuestal de la vigencia fiscal de 2003, que se derive de la adopción del presente decreto, incluidas las reservas presupuestales y cuentas por pagar constituidas.
Artículo 4
La Dirección General Del Presupuesto Público Nacional Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Efectuará Los Ajustes Necesarios En El Sistema Integrado De Información Financiera-Siif Nación Y Adecuará Los Procedimientos Correspondientes Al Registro Y Operatividad De La Información Presupuestal De La Vigencia Fiscal De 2003, Que Se Derive De La Adopción Del Presente Decreto, Incluidas Las Reservas Presupuestales Y Cuentas Por Pagar Constituidas
Decreto 2077 de 2003 · por el cual se efectúa un ajuste en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2003.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.