Micelio

Artículo 1

Con Fecha 1° De Enero De 1974, Fíjanse Los Siguientes Sueldos Básicos Mensuales Para Los Empleados Civiles Del Ministerio De Defensa, De Las Fuerzas Militares Y De La Policía Nacional, Así: Especialista Asesor Primero $ 4

Decreto 171 de 1974 · Por el cual se fijan los sueldos básicos para el personal civil del Ministerio de Defensa, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Con fecha 1° de enero de 1974, fíjanse los siguientes sueldos básicos mensuales para los empleados civiles del Ministerio de Defensa, de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, así: Especialista Asesor Primero $ 4.000.00 Especialista Asesor Segundo 3.600.00 Especialista Jefe 3.300.00 Especialista Primero 3.100.60 Especialista Segundo 2.750.00 Especialista Tercero 2.550.00 Especialista Cuarto 2.300.00 Especialista Quinto 2.150.00 Especialista Sexto 1.950.00 Adjunto Jefe 1.850.00 Adjunto Intendente 1.750.00 Adjunto Mayor 1.660.00 Adjunto Especial 1.550.00 Adjunto Primero 1.450.00 Adjunto Segundo 1.350.00 Adjunto Tercero 1.250.00 Adjunto Cuarto 1.160.00 Auxiliar Primero 1.130.00 Auxiliar Segundo 1.030.00 Auxiliar Tercero 930.00 Auxiliar Cuarto 830.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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