Micelio

Artículo 63

Comisión Administradora De Carrera Del Personal Civil Del Ministerio De Defensa Nacional

Decreto 1792 de 2000 · por el cual se modifica el Estatuto que regula el Régimen de Administración del Personal Civil del Ministerio de Defensa Nacional, se establece la Carrera Administrativa Especial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 63. COMISIÓN ADMINISTRADORA DE CARRERA DEL PERSONAL CIVIL DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL. Créase la Comisión Administradora de Carrera del Ministerio de Defensa Nacional la cual estará integrada de la siguiente forma

1.

El Ministro de Defensa Nacional o el Viceministro, como su delegado, quien la presidirá

2.

El Secretario General

3.

El Jefe de la Oficina Jurídica del Ministerio

4.

El Comandante General de las Fuerzas Militares o el Jefe del Estado Mayor Conjunto, como su delegado

5.

Los Comandantes de Fuerza o los Segundos Comandantes, como sus delegados

6.

El Director General de la Policía Nacional o el Subdirector General, como su delegado

7.

Cinco (5) representantes de los empleados de carrera, elegidos por votación general de los mismos

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1792 de 2000