Cuando la Superintendencia del Subsidio Familiar adelante visitas en las entidades vigiladas, motivadas en quejas de parte interesada, se informará al representante legal de la entidad, de las peticiones, documentos allegados, y demás circunstancias que sirvieron de base para ordenar la visita.
Artículo 83
Cuando La Superintendencia Del Subsidio Familiar Adelante Visitas En Las Entidades Vigiladas, Motivadas En Quejas De Parte Interesada, Se Informará Al Representante Legal De La Entidad, De Las Peticiones, Documentos Allegados, Y Demás Circunstancias Que Sirvieron De Base Para Ordenar La Visita
Decreto 341 de 1988 · Por el cual se reglamenta la Ley 25 de 1981 por la cual se crea la Superintendencia del Subsidio Familiar y se dictan otras disposiciones, y la Ley 21 de 1982 por la cual se modifica el régimen del subsidio familiar y se dictan otras disposiciones
El texto del artículo
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Historia constitucional
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