Micelio

Artículo 1

Las Sucesiones Cuya Cuantía No Exceda De Cinco Mil Pesos ($ 5

Decreto 901 de 1947 · por el cua lse reglamentan las Leyes 66 de 1939, 35 de 1944, los incisos 2° y 3° del artículo 21 de la Ley 60 de 1946, y se dictan otras disposiciones relacionadas con los impuestos de sucesiones y donaciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las sucesiones cuya cuantía no exceda de cinco mil pesos ($ 5.000) que se hubieren causado hasta el 19 de diciembre de 1946, gozarán de las exenciones consagradas por el artículo 9º de la Ley 51 de 1943. Se entiende que una sucesión de causa en el momento de la muerte del de cujas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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