Micelio

Artículo 10

Son Funciones Generales De Las Divisiones De Ganadería, Cultivos, Recursos Naturales Y Extensión Agropecuaria: A) Elaborar Los Programas De Trabajo En Coordinación Con La Oficina De Planeamiento, Coordinación Y Evaluación; B) Presentar Los Programas Al Jefe De La División Para Su Estudio Y Tramitación; C) Estudiar Los Programas Presentados Por Las Entidades Que Trabajan En El Campo Agropecuario, Y Dar Su Concepto; D) Evaluar Periódicamente La Ejecución De Los Programas Ejecutados Por Las Unidades Operativas Del Ministerio Y Por Las Demás Entidades Con Funciones En El Campo Agropecuario; E) Asesorar A Las Unidades Operativas Del Ministerio En El Desarrollo De Los Programas Y En La Solución De Los Problemas De Carácter Técnico Que Ellos Presenten; F) Elaborar Programas De Adiestramiento De Personal Y Coordinar Su Ejecución Con Las Unidades Y Entidades Especializadas; G) Preparar Material Educativo; H) Suministrar Información Técnica

Decreto 3117 de 1963 · <Por el cual se organiza el Ministerio de agricultura>

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones generales de las Divisiones de Ganadería, Cultivos, Recursos Naturales y Extensión Agropecuaria

a)

Elaborar los programas de trabajo en coordinación con la Oficina de Planeamiento, Coordinación y Evaluación;

b)

Presentar los programas al Jefe de la División para su estudio y tramitación;

c)

Estudiar los programas presentados por las entidades que trabajan en el campo agropecuario, y dar su concepto;

d)

Evaluar periódicamente la ejecución de los programas ejecutados por las unidades operativas del Ministerio y por las demás entidades con funciones en el campo agropecuario;

e)

Asesorar a las unidades operativas del Ministerio en el desarrollo de los programas y en la solución de los problemas de carácter técnico que ellos presenten;

f)

Elaborar programas de adiestramiento de personal y coordinar su ejecución con las unidades y entidades especializadas;

g)

Preparar material educativo;

h)

Suministrar información técnica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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