º Las Sociedades de Comercialización Internacional que a la fecha de la publicación del presente Decreto se encuentren inscritas ante la Junta de Comercializadoras quedarán automáticamente inscritas en el Ministerio de Comercio Exterior.
Decreto 1728 de 1992 →Vigente
Artículo 9
º Las Sociedades De Comercialización Internacional Que A La Fecha De La Publicación Del Presente Decreto Se Encuentren Inscritas Ante La Junta De Comercializadoras Quedarán Automáticamente Inscritas En El Ministerio De Comercio Exterior
Decreto 1728 de 1992 · por el cual se dictan normas relativas a las sociedades de Comercialización Internacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.