Artículo quinto. Deróganse los artículos noveno, décimo y once del Decreto legislativo número 1493 de 1951.
Decreto 1627 de 1951 →Vigente
Artículo 11
Decreto 1493 De 1951 Deroga Artículo 9 Decreto 1493 De 1951 Deroga Artículo 10 Decreto 1493 De 1951
Decreto 1627 de 1951 · Por el cual se autoriza la compra de unos documentos de Deuda Pública Interna, con destino a amortizaciones extraordinarias, y se abren unos créditos adicionales -extraordinarios y suplementales- al Presupuesto vigente (Ministerios de Relaciones Exteriores, Justicia, Hacienda y Crédito Público, Guerra, Higiene y Correos y Telégrafos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.