Micelio

Artículo 2

Ley 74 de 1915 · sobre adjudicación de becas en el Instituto Nacional de Agricultura y Escuelas anexas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Tesoro Nacional costeará igualmente hasta cuarenta becas en las Escuelas de Agricultura Tropical, por el término de dos años, que se proveerán adjudicando cada año una por cada Departamento y seis por el Gobierno Nacional.

Parágrafo

Dichas becas serán adjudicadas de la misma manera establecida en la Ley 108 de 1914 , y conforme a las disposiciones reglamentarias que haya dictado o dicte el Poder Ejecutivo.

Parágrafo

Queda en estos términos adicionada la Ley 108 de 1914 .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 74 de 1915