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Artículo 1

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Relaciones Exteriores Capitulo 19: Del Artículo 164

Decreto 1639 de 1943 · Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de la vigencia fiscal en curso

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Capitulo 19: Del artículo 164. Para sueldos del personal del Ministerio y Comisión Asesora de Relaciones Exteriores, en el año $ 2.589.35 Capitulo 20 Del artículo 174. Para gastos de representación del personal diplomático, en el año 7.006.00 Capitulo 21 Del artículo 178. Para sueldos del personal consular, en el año 10.000.00 Suman los contracréditos $ 19.589.35 Capitulo 19: Al artículo 166. Para el pago de servicio telefónico de las dependencias del Ministerio, y arrendamiento de garajes de los automóviles del mismo, en el año $ 549.35 Al artículo 169. Para material y gastos varios del Ministerio, combustibles, lubricantes, reparaciones y repuestos de los vehículos al servicio del mismo, en el año 7.500.00 Capitulo 20: Al artículo 175. Para atender al pago de sueldos en viaje, de ida y regreso, de los funcionarios del servicio diplomático, en el año 6.000.00 Capitulo 21: Al artículo 180. Pará atender al pago de sueldos, en viaje de ida y regresó, de los funcionarios fiel servicio consular, en el año 5.000.00 Capítulo 23: Al artículo 189. Para atender al pago de cuentas de toda clase, correspondientes a vigencias expiradas 540.00 Suman los créditos $ 19.589.35

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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