Micelio

Artículo 11

De La División De Almacenes

Decreto 1296 de 1969 · Por el cual se aprueba la organización interna del Instituto Nacional de Provisiones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la división de almacenes . Son funciones de la división de almacenes: 1. recibir, almacenar y distribuir los materiales, equipos accesorios y demás elementos con destino a los diferentes organismos estatales; 2. prepara y mantener actualizados los inventarios fiscos de los bienes muebles al servicio de las dependencias del estado; 3. realizar, con participación de la contraloría general de la republica si fuere del caso, visitas de inspección a las oficinas, depósitos, proveedurías, almacenes y unidades similares de las entidades a que se refiere el artículo 2o del decreto-ley 2370 de 1968, para vigilar el cumplimiento de las normas dictadas por el instituto. 4. las demás que la gerencia general considere conveniente adscribirle.

Parágrafo

La división de almacenes desarrollara algunas funciones atravesó de las secciones de almacén central y de despacho y de los grupos correspondientes. Funcionará así mismo una sección de estación de servicio oficial dependiente de la subgerencia de operaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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