Micelio

Artículo 7

Las Acciones Serán De Dos Clases: Acciones De La Clase A Y Acciones De La Clase B

Decreto 739 de 1957 · Por el cual se aprueban unos estatutos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las acciones serán de dos clases: acciones de la Clase A y acciones de la Clase B. Las acciones de la Clase A en cuantía del 51% del capital autorizado serán suscritas por el Gobierno Nacional; las acciones de la Clase B, por el 49% restante del capital, podrán ser suscritas por las entidades particulares y el público en general.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 739 de 1957