Micelio

Artículo 3

Integración

Decreto 2001 de 2013 · por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Insumos Agrícolas y Pecuarios.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Integración . La Comisión Intersectorial de Agroquímicos y Productos Veterinarios estará integrada por

1.

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, o su delegado.

2.

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, o su delgado.

3.

El Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado.

4.

Dos representantes o delegados del Presidente de la República.

Parágrafo

La Comisión Intersectorial de Insumos Agrícolas y Pecuarios podrá invitar a sus sesiones a las personas o servidores públicos que considere necesario para el mejor desarrollo de la misma, quienes participarán con voz pero sin voto. En todo caso, la Superintendencia de Industria y Comercio será invitada permanente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2001 de 2013