Micelio

Artículo 20

La Tarjeta De Abogado Se Exigirá A Partir Del Primero De Agosto De 1970; En Consecuencia, Hasta Entonces, Bastará La Exhibición De Copia Auténtica De La Providencia Del Tribunal Que Decrete La Inscripción Para Acreditar La Idoneidad Profesional

Decreto 764 de 1970 · Por el cual se reglamenta el Decreto-ley 320 de 1970

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La tarjeta de abogado se exigirá a partir del primero de agosto de 1970; en consecuencia, hasta entonces, bastará la exhibición de copia auténtica de la providencia del Tribunal que decrete la inscripción para acreditar la idoneidad profesional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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