º. Los contingentes se desacuartelarán y acuartelarán de acuerdo con la demostración indicada en el artículo 1º., en la primera y segunda quincena de los meses indicados. Comuníquese y publíquese.
Decreto 479 de 1925 →Vigente
Artículo 4
Los Contingentes Se Desacuartelarán Y Acuartelarán De Acuerdo Con La Demostración Indicada En El Artículo 1º
Decreto 479 de 1925 · Por el cual se reforma el marcado con el número 1787, de 19 de noviembre del año pasado, sobre acuartelamiento y desacuartelamiento de contingentes, y se adscriben unas funciones en el ramo de reclutamiento.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.