Micelio

Artículo 4

Los Batallones De La 1

Decreto 35 de 1878 · Por el cual se reduce la fuerza pública de la Unión

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los batallones de la 1.ª i 2.ª Division tendrán doscientos cincuenta individuos de tropa cada uno, distribuidos en cinco compañías ; los de la 3.ª Division tendrán cada uno ciento cincuenta plazas, distribuidas en tres compañías. .° De la fuerza total de cada batallon se tomarán las clases que deben formar la Plana Mayor del mismo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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