Micelio

Artículo 28

Son Funciones De La Sección De Transporte, Mantenimiento Y Vigilancia: A

Decreto 2788 de 1974 · Por el cual se determina la Estructura Orgánica y las funciones internas de la Industria Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Transporte, Mantenimiento y Vigilancia

a)

Organizar y prestar el servicio de transporte de la empresa

b)

Controlar el suministro de combustibles, llantas, repuestos, herramientas y demás accesorios del equipo automotor.

c)

Programar el servicio de mantenimiento de los vehículos y llevarle a cada uno una hoja de vida actualizada.

d)

Exigir a los conductores el buen maneto de los vehículos y la prestación eficaz del servicio.

e)

Organizar y prestar en forma eficiente el servicio de vigilancia de las dependencias de la Gerencia de la Industria Militar.

f)

Coordinar la vigilancia militar en los sitios donde se requiera implantarla.

g)

Velar por la conservación, mantenimiento y correcto uso de les locales, casas fiscales, muebles y equipos de oficina.

h)

Propender por la prestación eficiente de los servicios de agua, energía eléctrica y teléfonos.

i)

Supervisar el mantenimiento de equipos de oficina y parque automotor que se contrate con entidades particulares.

j)

Las demás que se le asignen o deleguen y que correspondan a la naturaleza de sus funciones. 7.2.2 DE LA SECCION DE BIBLIOTECA Y ARCHIVO

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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