°. Los empresarios de transporte marítimo no podrán ser Agentes de Aduana por si, ni por interpuesta persona. Tampoco podrán ser socios o con participantes en organizaciones cuyo objeto social sea el agenciamiento de Aduanas.
Decreto 994 de 1966 →Vigente
Artículo 5
Los Empresarios De Transporte Marítimo No Podrán Ser Agentes De Aduana Por Si, Ni Por Interpuesta Persona
Decreto 994 de 1966 · por el cual se adoptan unas disposiciones sobre la Marina Mercante Colombiana.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.