FALTAS CONTRA EL PRESTIGIO DE LA INSTITUCION. Son faltas contra el prestigio de la Institución
Intervenir en actividades de carácter político partidista;
Incumplir injustificada y habitualmente el pago de las obligaciones civiles;
Ingerir bebidas embriagantes y bajo sus efectos dar lugar a escándalos o a hechos que desprestigien la institución;
Concurrir a establecimientos o lugares abiertos al público en los cuales se lleven a cabo actividades contrarias a la ley o a la moral pública, en actos que no sean propios del servicio;
Tratar al público en forma desconsiderada o descortés;
Observar conducta impropia con la familia o con los vecinos y dar lugar a escándalos o a perturbaciones de la tranquilidad;
Hacer comentarios que menoscaben el prestigio o la disciplina de la Institución o que sean de cualquier manera adversos a ésta o a la dignidad de sus funcionarios;
Tratar con delincuentes o personas reconocidas como de mala conducta, cuando no sea por asuntos del servicio;
Prestar a particulares cualquier clase de elementos pertenecientes a la Institución o cuya administración le haya sido asignada;
Hacer mal uso de las armas, prendas, documentos de identificación o elementos de dotación oficial;
Irrespetar o agredir a miembros de otros cuerpos armados o de seguridad o a funcionarios o autoridades en ejercicio de sus cargos; I) Permitir intencional o culposamente la salida del país de personas portadoras de documentos falsos, con órdenes de captura o con impedimentos; ll) Cualquier acto que, en general, menoscabe el buen nombre o el prestigio del DAS.