Micelio

Artículo 1

Autorízase A Los Ministros De Hacienda Y Crédito Público Y De Defensa Nacional Para Que Conjunta O Separadamente Gestionen En Nombre Del Gobierno Nacional, La Contratación De Empréstitos Externos Hasta Por La Suma Total De Ochenta Y Cinco Millones Novecientos Setenta Mil Dólares (Us$ 85

Decreto 1918 de 1989 · Por el cual se concede una autorización para gestionar la contratación de créditos externos hasta por la suma total de US$ 85.970.000 de los Estados Unidos de América.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Autorízase a los Ministros de Hacienda y Crédito Público y de Defensa Nacional para que conjunta o separadamente gestionen en nombre del Gobierno Nacional, la contratación de empréstitos externos hasta por la suma total de ochenta y cinco millones novecientos setenta mil dólares (US$ 85.970.000) de los Estados Unidos de América, destinados a financiar un programa de compras de helicópteros dentro del Plan de Desarrollo y Modernización de las Fuerzas Militares, en las siguientes condiciones

a)

Mínimo US$ 71.120.000, correspondientes al ochenta y cinco por ciento (85%) del valor de las compras, que contará con la garantía del Export-Import Bank de los Estados Unidos de América, con un plazo mínimo para su total amortización de ocho (8) años, contados a partir del sexto mes de la entrega de los equipos y un interés sobre saldos deudores máximo del ocho punto setenta y cinco por ciento (8.75%) anual fijo o de un cuarto por ciento (1/4%) anual sobre Libor y demás gastos y comisiones propios de esta clase de operaciones; y

b)

Máximo US$ 14.850.000, correspondientes al quince por ciento (15%) del valor de las compras y la comisión de riesgo cobrada por el Export-Import Bank de los Estados Unidos de América, con un plazo mínimo para su total amortización de ocho (8) años, contados a partir de la fecha de firma del contrato de préstamo, incluido un período de gracia mínimo de dos (2) años y un interés sobre saldos deudores máximo de siete octavos por ciento (7/8 %) anual sobre Libor o de nueve punto veinticinco por ciento (9.25%) anual fijo y demás gastos y comisiones propios de esta clase de operaciones.

Parágrafo

Para efectos de seleccionar la entidad prestamista, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público tendrá en cuenta las ofertas de financiación que se ajusten a los términos del presente Decreto y sean recibidas por la Dirección General de Crédito Público, dentro de los 15 días siguientes a la fecha de publicación del presente Decreto en el DIARIO OFICIAL.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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