Micelio

Artículo 5

Decreto 18660831 de 1866 · de liquidación jeneral de los presupuestos para el servicio del año económico de 1866 a 1867.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 5.° Los sueldos anuales líquidos se reconocerán a favor de los respectivos empleados por duodécimas partes, mes por mes, i cuando un empleado solo hubiese servido algunos días del mes, la liquidación se hará por regla de proporción. Según el número de días que traiga el mes. En la liquidación i órdenes de pago por cantidad es que contengan centavos, no se liquidarán ni pagarán estos sino por cantidades qué terminen por cero o cinco.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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