Participación calificada del Estado en las asambleas. En las asambleas generales del Fodesep, bien sean éstas ordinarias o extraordinarias, los representantes de las entidades estatales que concurran deberán presentar una posición unificada, que equivaldrá a un número igual a la tercera parte del total de los votos de las instituciones de educación superior afiliadas hábiles asistentes a la asamblea.
Decreto 2905 de 1994 →Vigente
Artículo 11
Participación Calificada Del Estado En Las Asambleas
Decreto 2905 de 1994 · por el cual se reglamenta el funcionamiento del Fondo de Desarrollo de la Educación Superior, Fodosep, creado por la Ley 30 de 1992
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.