La sección de servicios de las fábricas de alimentos permanecerá en buenas condiciones de mantenimiento y de aseo. Sus áreas de vestideros y servicios sanitarios funcionarán completamente separadas de las secciones de proceso y de materia prima. Equipos para el proceso de alimentos. Requisitos sanitarios mínimos de los equipos.
Decreto 2333 de 1982 →Vigente
Artículo 27
La Sección De Servicios De Las Fábricas De Alimentos Permanecerá En Buenas Condiciones De Mantenimiento Y De Aseo
Decreto 2333 de 1982 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la ley 9ª de 1979, en cuanto a las condiciones sanitarias de las fábricas, depósitos y expendios de alimentos; de los alimentos; del transporte y la distribución de los mismos, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.