Micelio

Artículo 44

Decreto 482 de 1985 · Por el cual se reglamenta el régimen disciplinario en la Ley 13 de 1984

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

DE LAS SANCIONES. La falta leve dará origen a la aplicación de una de las siguientes sanciones

a)

Amonestación escrita sin anotaciones en la hoja de vida;

b)

Censura con anotación en la hoja de vida;

c)

Multa que no exceda de la quinta parte del suelo mensual. El concurso formal o material de faltas, la falta grave o la reincidencia en faltas leves, dará origen a la aplicación de una de las siguientes sanciones: a) Suspensión en el ejercicio del cargo hasta por treinta (30) días, sin derecho a remuneración. b) Destitución. Para efectos de la reincidencia en las faltas leves se tendrán en cuenta las faltas cometidas por el empleado en los doce (12) meses inmediatamente anteriores a la comisión de la que se juzga.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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