Micelio

Artículo 4

Decreto 2472 de 1958 · Que extingue las Colonias Agrícolas de Caracolicito, Sarare y San Juan de Calima

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. En consecuencia, los terrenos a que se refieren los artículos anteriores, así como las de la extinguida Colonia Agrícola de Sumapaz, serán adjudicados a cultivadores o poseedores de mejoras, conforme a la legislación vigente sobre la materia.

Parágrafo

El Ministerio de Agricultura procederá, por conducto de sus Comisiones de Baldíos, a la adjudicación de parcelas cuya extensión superficiaria no exceda de cincuenta (50) hectáreas, a los colonos establecidos con mejoras dentro de los terrenos a que se ha hecho referencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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