°. Funciones. La Comisión tendrá las siguientes funciones
Establecer y recomendar las medidas tendientes a dar una respuesta eficiente, por parte de las entidades competentes, frente a emergencias nacionales e internacionales que afecten o puedan afectar la demanda u oferta continua de hidrocarburos y sus derivados. Las medidas se incorporarán en un acta expedida luego de cada sesión de la comisión.
Hacer seguimiento a la implementación de las medidas establecidas por la Comisión.
Elaborar y actualizar el manual de medidas, el cual contendrá por lo menos el procedimiento para la adopción de dichas medidas y el listado de ellas.
Actuar como enlace del Gobierno nacional ante la Agencia Internacional de Energía.
Expedir su propio reglamento.
Las demás que le correspondan por su naturaleza y para dar cumplimiento al objeto para el que fue creada.
Las medidas que se establezcan estarán sujetas a la disponibilidad del Marco Fiscal de Mediano Plazo y el Marco de Gasto de Mediano Plazo de los sectores afectados.