El Ministerio de Higiene tendrá también por derecho propio la representación ante todas las Juntas o comisiones existentes que se relacionan con actividades de la higiene, así se refieran a sanidad militar y de Policía, de ferrocarriles, federaciones cafeteras, sanidad de carreteras, cajas de previsión, etc.
Decreto 25 de 1947 →Vigente
Artículo 67
El Ministerio De Higiene Tendrá También Por Derecho Propio La Representación Ante Todas Las Juntas O Comisiones Existentes Que Se Relacionan Con Actividades De La Higiene, Así Se Refieran A Sanidad Militar Y De Policía, De Ferrocarriles, Federaciones Cafeteras, Sanidad De Carreteras, Cajas De Previsión, Etc
Decreto 25 de 1947 · Por el cual se organiza el Ministerio de Higiene
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.